La nueva normativa eólica de Canarias incentiva a los nuevos parques, pero ignora a los antiguos

05/08/2014

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El Gobierno ha publicado una Orden Ministerial para incentivar nuevas instalaciones eólicas y fotovoltaicas en los sistemas eléctricos extrapeninsulares con el fin de que “la sustitución de generación convencional por generación renovable suponga reducciones del extracoste de generación […] y favorezca el equilibrio entre los ingresos y costes del sistema eléctrico”, según reza en el preámbulo de la norma. “El extracoste de generación en los sistemas no peninsulares se ha incrementado un 38% desde el año 2009”, indica la propuesta de orden, ya que “la demanda eléctrica se cubre mayoritariamente con tecnologías térmicas de origen fósil”. En 2013, antes de la Reforma Energética, producir un MWh eólico en Canarias costaba 81,25 euros frente a los 186 euros que cuesta con combustibles fósiles.
La nueva orden establece un régimen retributivo específico para los sistemas extrapeninsulares que se otorgará mediante subastas. Y hace una excepción para un cupo de 450 MW eólicos (correspondientes a los proyectos con tramitación más avanzada) para Canarias cuya retribución a la inversión no será otorgada mediante subasta sino de forma directa, como hasta la fecha. Al valor de la retribución a la inversión se le añadirá un incentivo por reducción de costes de generación.
Pero, ¿qué ocurre con los parques ya instalados? La nueva normativa ignora que los parques ya instalados generan los mismos beneficios, y les aplica un cambio de régimen retroactivo igual que al resto de instalaciones de España. Teniendo en cuenta que la mayor parte de las instalaciones eólicas canarias son anteriores a 2004 y no van a tener derecho a percibir ningún tipo de incentivos debido a la Reforma Energética, va a ser extremadamente difícil que los potenciales inversores confíen en que se vaya a tratar a los nuevos parques de una forma distinta durante el tiempo necesario para rentabilizar las inversiones.
La nueva regulación estatal sobre renovables establece que cada tres años se revisará la retribución a la inversión en base a los precios del mercado y cada seis años se podrán revisar todos los parámetros retributivos, incluyendo la supuesta rentabilidad razonable. Es decir, que los inversores no tienen garantías para toda la vida regulatoria de los proyectos, que es de 20 años. Ni en Canarias ni en la Península.
La orden ministerial se puede consultar aquí.